Contabilidad y Gestión Comercial Sage Murano. Se adapta a Régimen Especial de Criterio de Caja

Régimen Especial de Criterio de Caja Es un nuevo regimén especial voluntario que permitirá a partir del 1/1/2014 liquidar el IVA repercutido cuando se cobre y deducir el IVA soportado cuando se pague.

Para las empresas acogidas:
  • Liquidar el IVA de las facturas emitidas cuando se cobran las facturas acogidas al Régimen Especial de Criterio de Caja.
  • Liquidar el IVA de las facturas recibidas cuando se pagan las facturas acogidas al Régimen Especial de Criterio de Caja.
Para las empresas no acogidas:
  • Liquidar el IVA de las facturas emitidas por el mismo criterio que utiliza actualmente.
  • Liquidar el IVA de las facturas recibidas por el mismo criterio que utiliza actualmente, excepto para aquellas facturas recibidas de proveedores acogidos al Régimen Especial de Criterio de Caja en cuyo caso se deberá liquidar el IVA cuando se pagan estas facturas.
Para acogerse se tendra de solicitar en el momento de presentar la Declaración de comienzo de la actividad o bien, durante el mes de Diciembre anterior al inicio del año natural.


Para poder informar en el programa Sage Murano de que la Empresa trabaja con Régimen Especial de Criterio de Caja se ha creado un campo nuevo en el Cuestionario de configuración. Por defecto el valor es devengo.


También existe la misma marca en los mantenimientos de clientes, mantenimientos de proveedores y plan de cuentas de esta manera la aplicación permite marcar el criterio de los terceros individualmente.


En aquellas facturas acogidas al Régimen Especial de Criterio de Caja, es obligatorio que en la impresión de la factura exista el literal "Régimen Especial de criterio de Caja". Se han modificado los informes estándares de facturas, para incluir este literal en el caso de que la factura sea de Criterio de Caja.

Se permiten modificar la cuenta contable de Iva Soportado e IVA Repercutido para el criterio de Caja. También existe la posibilidad de configurar la cuenta contable de Iva a utilizar para cuando se genere un cobro o pago de una factura de Criterio .



Dar de alta una factura de Criterio de Caja:

Cuando se vaya a realizar una factura la aplicación busca el criterio definido en el cliente o proveedor y asigna este valor a la factura, en el caso de no encontrar el cliente o proveedor asignará el valor de la Empresa. El usuario puede modificar este valor en el propio mantenimiento de facturas o en el movimiento contable.
Se han modificado los diseños de entrada de asientos para incluir los campos de Criterio IVA(Devengo, caja) y Tipo Criterio de Caja (Cobro, Pago, No aplica, Cobro vencido, Pago vencido)


Cobros/Pagos de facturas de criterio de caja:

Para poder cumplir con la normativa y declarar el Iva cuando se realice el cobro o pago de una factura de criterio de caja, es necesario que en el movimiento contable de cobro/pago se desglose el importe cobrado/pagado en bases de IVA respecto a la factura e identificar el método de cobro/pago.

Cuando se realiza un cobro/pago de una factura la aplicación detecta si el cobro/pago pertenece a una factura de criterio o devengo. Se tralada esta marca en el movimiento informativo de cobro/pago.

Si el cobro/pago es de una factura de criterio y la fecha de cobro/pago es inferior o igual a 31/12 (del año siguiente a la fecha operación de la factura), la aplicación informa que es un cobro/pago detalla el importe cobrado/pagado en Base de IVA y realiza apuntes contables por las cuotas de IVA.

Si el cobro/pago es de una factura de criterio pero la fecha de cobro/pago  es superior a 31/12 del año siguiente a la fecha operación de la factura , la aplicación informa el valor "No aplica" en la linea del cobro/pago y no desglosa el Iva.

Si se desea informar de las cuotas de IVA manualmente, se debe indicar que el cobro/pago pertenece a una factura de criterio y que es un cobro o pago, una vez la aplicación detecte estos 2 valores se habilita la posibilidad de añadir manualmente los valores de cuotas de IVA en el apartado de desglose de IVA.

Si cuando se realiza un cobro/pago y la factura indicada es 0 o existén más de una factura con la misma numeración y alguna de ellas es de criterio, la aplicación muestra una pantalla para que se pueda seleccionar la factura de la que se está realizando el cobro/pago.

Para el libro Oficial de IVA y para el Modelo 340, será necesario que para las facturas de criterio  desglosar, la fecha de cobro/pago, importe de cobro/pago, medio de cobro/pago utilizado.

Existen 3 tipos de cobro/pago (C.T.O). Para poder informar estos valores debe de ser de forma manual  en los movimientos informativos pertenecientes a cobros/pagos de criterio de caja, se debe especificar el código y su descripción.

Acciones a realizar para empresas acogidas al criterio de caja:
  • Asignar el valor de Caja en el cuestionario de configuración para la empresa y confirmar la actualización de todos los clientes y proveedores a criterio de caja. 
  • Asignar el valor de Devengo en aquellos clientes o proveedores cuyas facturas deban ser tratadas como devengo, ya que por los motivos nombrados anteriormente están exentos del régimen especial de criterio de caja. Este valor se puede actualizar en el mantenimiento de clientes o proveedores o desde el plan de cuentas.
  • Si se desea configurar cuentas contables distintas que las definidas por defecto en la aplicación para el IVA de caja, se debe modificar el cuestionario de la empresa o en el mantenimiento de tipos de IVA.
  • Se deben importar las guías estándares de contabilización, si la empresa las tiene personalizadas, se deberán adaptar para el criterio de caja.
  • Si la empresa no utiliza los informes estándares de facturas, es necesario modificar el formato de factura definido en la empresa para adaptarlo a las necesidades de criterio de caja.
  • Asignar el valor de Devengo en aquellas facturas que pertenecen a clientes o proveedores de caja pero que por los motivos nombrados anteriormente la factura está exenta del régimen especial de criterio de caja.
  • Al realizar un cobro o pago de una factura, la aplicación detectará automáticamente si el cobro pertenece a una factura de criterio de caja o de devengo y en el caso que sea de caja, desglosará el importe cobrado / pagado en bases de IVA y cuotas de IVA respecto a la factura.
Acciones a realizar para empresas no acogidas al criterio de caja:
Si alguno de sus proveedores se acoge a este régimen, usted está obligado a gestionar el IVA de dichos proveedores con el Criterio de Caja, mientras que para el resto de operaciones seguirá vigente el tradicional sistema de devengo. Es decir, tanto en las liquidaciones de IVA como en el Libro-registro de Facturas se utilizarán simultáneamente ambos sistemas. Por lo tanto, en el caso de que un proveedor suyo se acoja al Criterio de IVA, sólo podrá deducir las cuotas del IVA soportado de aquellas facturas que haya pagado a su proveedor, y en la fecha en la que haya realizado el pago (por el importe proporcional, si el pago es parcial).

Aunque finalmente podrá deducir las cuotas del IVA soportado incluso de aquellas facturas que no haya pagado, como fecha límite el 31 de Diciembre del año posterior a aquel en que se haya emitido la factura del proveedor.
  • Asignar el valor de Caja en los proveedores acogidas a criterio de caja.
  • Asignar el valor de Caja en aquellas facturas recibidas que pertenecen a proveedores de caja pero que el proveedor está marcado como devengo.
  • Al realizar un cobro o pago de una factura, la aplicación detectará automáticamente si el cobro pertenece a una factura de criterio de caja o de devengo y en el caso que sea de caja, desglosará el importe cobrado / pagado en bases de IVA y cuotas de IVA respecto a la factura.